Aprobado el decreto para el registro de la jornada laboral ordinaria en las empresas.
El Gobierno ha aprobado un decreto para controlar la entrada y salida de cada empleado. Además, la empresa deberá guardar el registro del control horario durante cuatro años.
Los puntos más destacables sobre la nueva ley son:
• Su aplicación entrará en vigor en dos meses, después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el martes 12 de marzo del 2019.
• Sanciones para las empresas que no cumplan con la normativa. Para ello la Ley de infracciones y sanciones en el orden social se modificará e incluirá el control obligatorio de la jornada laboral con sanciones que van de los 626 y 6250 € para la empresa.
• El control de las horas extras no desaparece con la nueva ley. Las empresas deben tener ambos controles, las horas de la jornada ordinaria y de la extraordinaria.
• Estatuto de los Trabajadores, artículo 34:
– Apartado noveno. El nuevo punto dicta cómo debe realizarse el registro de la jornada laboral: «debe incluir el horario concreto de entrada y salida de cada trabajador».
• La empresa deberá guardar los registros de la jornada laboral durante cuatro años. Y por lo tanto, tener a disposición de los trabajadores, sindicatos, inspección laboral y de la Seguridad Social.
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